La Ley antitabaco tiene un objetivo claro: reducir el número de fumadores. Y todo indica que lo conseguirá. Las repercusiones económicas serán evidentes. Hacienda calcula que este año dejará de ingresar al menos 1.600 millones por impuestos al tabaco. Pero las consecuencias financieras de la norma pueden ir más allá, concretamente, hasta el acuerdo alcanzado durante la segunda Conferencia de Presidentes, que abordó la financiación sanitaria como asunto monográfico y finalizó con un acuerdo que incluía un posible incremento de los recargos sobre alcohol y tabaco para obtener 200 millones de euros.

Claro está que es decisión de las comunidades autónomas hacer uso o no de esta capacidad normativa, pero en el caso de que así lo decidieran, parece claro que la reducción en el consumo llevaría a una menor recaudación. Según los economistas consultados por este periódico, es el efecto perverso que conlleva aplicar un impuesto finalista vinculado a «malos comportamientos sanitarios». Según su opinión, existen otros métodos.

Incentivos perversos

La situación, dice Guillem López i Casasnovas, catedrático del Departamento de Economía y Empresa de la Universidad Pompeu Fabra, se parece mucho a la que se daba al comienzo de la financiación autonómica, en la que si las comunidades recaudaban impuestos propios a través de los tributos cedidos iniciales, la transferencia estatal se reducía.

Por aquel entonces, la financiación estaba ligada a la morbimortalidad. «Cuanta más tenías, se pensaba que tenías un gasto sanitario más alto y te daban más financiación. Cuando la reducías, perdías dinero», recuerda Casasnovas. Es decir, el sistema otorgaba un «incentivo perverso» al control de la morbimortalidad.

Aparecieron entonces los denominados «tributos normados», según los cuales se hallaba el estándar medio de recaudación de todas las comunidades, a efectos de calcular las transferencias. Según esta fórmula, si una región recaudaba más que el estándar medio, el «sobrante» era para ella y no se reducía el dinero que inyectaba el Estado. Se trataba precisamente de no penalizar a las comunidades que mejor se portaban, fiscalmente hablando.

El control de las incapacidades transitorias constituye otro buen ejemplo. A diferencia del modelo que actuaba antes (cuantas más incapacidades tienes, más dinero recibes), el actual fija un objetivo y en la medida en que se cumple se otorga una financiación u otra.

En el caso del tabaco, es indudable que su consumo, igual que el del alcohol, tiene costes sanitarios de gran trascendencia, pero desde un punto de vista estrictamente financiero la realidad, dice Casasnovas, es que cuanto mejor controle una región ese consumo, menos dinero obtendrá.

Para este experto, el hecho de que una comunidad tenga un consumo menor de tabaco no debiera sustraerle financiación, porque esta situación podría dar lugar a una especie de «desincentivo» a rebajar el consumo. Por ello, cree que la participación en la recaudación obtenida a través de los impuestos del tabaco debería estandarizarse a consumos medios, precisamente para premiar a aquellas que más incentiven el abandono del hábito, y más en estos momentos en que la nueva regulación antitabaco se está implantando a distinto ritmo en las comunidades autónomas y los logros que se alcancen pueden por tanto ser muy dispares.

Precisamente representantes autonómicos y del Ministerio volvieron a reunirse la semana pasada para establecer criterios homogéneos de aplicación de la norma. Algunas regiones, como Madrid o la Comunidad Valenciana, habían dejado claro que no aplicarían la ley hasta disponer de un decreto en materia de inspecciones y denuncias.

Jaume Puig-Junoy, catedrático de Economía de la Pompeu Fabra, comparte la opinión de Casasnovas. No obstante, considera que dentro del espacio de autonomía fiscal de las comunidades, aún se pueden subir los impuestos, por lo que considera que el alcohol y el tabaco siguen siendo fuentes adecuadas de financiación.

También Joan Rovira, profesor de la Universidad de Barcelona, considera que la propuesta de Casasnovas evitaría el efecto perverso mencionado anteriormente, pero no elimina la falta de justificación que, en su opinión, tiene un impuesto finalista para la sanidad.

Impuesto injustificado

A su juicio, un gravamen de este tipo sobre el tabaco podría tener cierta justificación si se aplicase a programas antitabáquicos, pero aun así cree que son herramientas muy ineficientes. «Por ejemplo, puede ser que no haya ningún tratamiento efectivo para ayudar a dejar de fumar, pero aun así se gaste el dinero proveniente del impuesto finalista en tratamientos inútiles, pues legalmente está establecido así y en cambio no se puedan financiar por falta de recursos programas efectivos y eficientes para prevenir, por ejemplo, la infección por VIH o cualquier otro objetivo», dice.

Por otra parte, añade, si se reduce el consumo de tabaco, bajarían los ingresos para Sanidad, mientras que pueden aumentar las necesidades sanitarias, pues aunque se reduzca el gasto en enfermedades asociadas al tabaquismo, los invididuos vivirán más años y aumentará el gasto para tratar el alzheimer y otras enfermedades propias de la edad avanzada que suelen ser muy costosas.

En ocasiones se ha argumentado que el fumador debe pagar el gasto sanitario adicional que genera a la sociedad. Éste es un argumento con una base empírica más que discutible para Rovira. Para él, depende de qué costes se tengan en cuenta y cómo se contabilicen. Este experto ha sugerido que el flujo total neto estimado de recursos financieros de un fumador a lo largo de su vida a favor de la Hacienda Pública en países con un sistema de protección social bien establecido supera al de un no fumador. «Básicamente porque el fumador muere antes y le cuesta menos en pensiones al sistema de protección social», dice.

El debate sobre si tiene sentido ligar la financiación de la sanidad a impuestos finalistas, como es el caso de «vicios» como el tabaco y el alcohol, es amplio. Sobre él existen opiniones muy divergentes, basadas en valores e ideologías distintas, más que en la evidencia empírica o el análisis económico, y con muchas vertientes a discutir.

Un ejemplo es la pregunta que lanza Rovira: «Si aceptamos el impuesto finalista para el tabaco, ¿por qué no aplicarlo a otros comportamientos y productos poco saludables, como los alimentos con elevado contenido de colesterol?».